MODIFICACIONES RESPECTO A LA CAMPAÑA ANTERIOR
NOVEDADES LINEA 306, PLAN 2018
Las modificaciones respecto a la campaña anterior son:
- Reposición y levantamiento: el levantamiento de cultivo, para ser indemnizado, debe hacerse en los diez primeros días tras su autorización, salvo colapso de las estructuras a consecuencia de los riesgos cubiertos.
- No es obligatorio realizar la reposición de cultivo en siniestros de virosis ocurridos a partir del 31 de marzo.
- Periodo de suscripción y periodos de siembra o trasplante: se adelanta un mes el periodo de suscripción de los ciclos 2 y 4, anteriormente el inicio de suscripción para estos ciclos era el 1 de enero y para el próximo Plan se adelanta al 1 de diciembre.
- Tras esta modificación en el periodo de suscripción, se incluyen las siembras del mes de diciembre en el ciclo 2 que hasta ahora estaban incluidas en el ciclo 1.
- Zonificación: se modifica la zonificación en tres municipios de la provincia de Almería; Tabernas pasa de área I a área III (sin cobertura para el riesgo de helada), Lucainena de las Torres y Sorbas que estaban en zona IV pasan a zonas II y III respectivamente.
- Instalaciones: se modifican algunas características de los macrotúneles, entre las más significativas, se incrementa la edad asegurable hasta 20 años con la consecuente ampliación a seis años del límite de indemnización del 100%.
- Se incluye un tipo de macrotúnel especial con anclaje de doble pata y en su caso canaletas de recogida de agua, con un precio de aseguramiento entre 4 y 10 €/m2, y un mínimo indemnizable de la cantidad menor entre el 10% del capital asegurado o 1000 €.
- Se amplía la duración de garantías a 10 meses para el cultivo de pimiento, y para cultivo hidropónico de pimiento se amplía a 11 meses.
- Se adecuan los precios de aseguramiento para distintas variedades de pimiento.
- Pago de la prima: se implanta la posibilidad de elección por el asegurado de la domiciliación en la cuenta corriente a indicar en la declaración de seguro, tanto de los pagos de siniestros como las regulaciones de la póliza.
ACLARACIONES SOBRE LA TRAMITACIÓN DE SEGUROS |
MODIFICACIONES EN LA GESTIÓN CON RESPECTO A LA
CAMPAÑA ANTERIOR
Pago
Se permite el pago domiciliado tanto para las regularizaciones de prima como para el abono de siniestros.
Inicio de suscripción
El término Tabernas cambia de Área de aseguramiento, por lo que tendrán que asegurar el tomate código 014.
Bonificación
Cuando se incorporen a la declaración de seguro, parcelas contratadas anteriormente por otro asegurado, y éstas representen más del 50% del valor de producción asegurada, se tendrá en cuenta en el histórico para el cálculo de la bonificación o recargo. El asegurado comunicará a Agroseguro dicho cambio antes de efectuar la contratación, procediendo Agroseguro a calcular la bonificación o recargo, ponderando los históricos; si el asegurado no lo comunicara, Agroseguro aplicará dicho cambio en el momento que lo detecte.
CULTIVOS | |
001 Acelga | 027 Berro |
002 Berenjena | 028 Cebolleta |
003 Borraja | 029 Col |
004 Baby Leaf | 030 Coliflor |
005 Calabacín | 031 Calabaza |
006 Espinaca | 032 Puerro |
007 Judía Verde | 033 Apio |
008 Lechuga | 034 Ajo |
009 Melón | 035 Cebolla |
010 Pepino | 036 Patata |
011 Pimiento | 037 Batata |
012 Rábano | 038 Resto Hortalizas Aprovechamiento Hojas |
013 Sandía | 039 Resto De Hortalizas Aprovechamiento Raíz |
014 Tomate | 040 Resto De Hortalizas Aprovechamiento Fruto |
025 Achicoria | Tomate Área I |
026 Escarola |
CULTIVOS ASEGURABLES
CULTIVOS CON ELECCIÓN DE VIROSIS | MÓDULO 2, 3 y P | ||||
CICLO | AMBITO | FECHA | ULTIMO DÍA DE PAGO | ||
INICIO | FINAL | ||||
011 Pimiento | 1
2 3 |
Todo el ámbito | 01/06/2018 | 15/09/2018 | 17/09/2018 |
01/12/2018 | 31/01/2019 | 01/02/2019 | |||
01/06/2018 | 15/09/2018 | 17/09/2018 | |||
Resto de cultivos | 1
2 |
01/06/2018 | 15/09/2018 | 17/09/2018 | |
01/12/2018 | 31/01/2019 | 01/02/2019 | |||
CULTIVOS SIN ELECCIÓN DE VIROSIS | MÓDULO 2, 3 y P | ||||
CICLO | AMBITO | FECHA | ULTIMO DÍA DE PAGO | ||
INICIO | FINAL | ||||
Todos los cultivos | 1 | Todo el ámbito | 01/06/2018 | 31/10/2018 | 02/11/2018 |
2 | 28 Madrid
Resto del ámbito |
01/12/2018 | 30/04/2019 | 03/05/2019 | |
02/05/2019 | |||||
3 | Todo el ámbito | 01/06/2018 | 31/10/2018 | 02/11/2018 | |
4 | 28 Madrid | 01/12/2018 | 30/04/2019 | 03/05/2019 | |
Resto del ámbito | 02/05/2019 |
Si aseguran varios ciclos en la misma declaración, el final de suscripción es la del ciclo que antes finalice.
Si se elige la cobertura de virosis se verificará que no hayan transcurrido más de 15 días desde que se sembró o trasplantó la parcela, tomando la fecha más temprana. o PERIODO DE MODIFICACIONES
MODIFICACIÓN | PLAZOS |
Cultivos: cambios, altas y bajas de cultivo. | Antes de la fecha de siembra o trasplante |
Reposición de cultivo: se debe dar de alta una nueva parcela. La parcela anterior queda con un 45% del capital inicial y se extornará el 55%. | Antes de la fecha de siembra o trasplante |
Levantamiento de cultivo y plantación de un nuevo cultivo: se debe dar de alta una nueva parcela. | Antes de la fecha de siembra o trasplante |
REDUCCIONES DE CAPITAL
El asegurado, podrá solicitar la reducción del capital asegurado, cuando la producción declarada en el seguro se vea mermada por riesgos ocurridos durante los periodos que se indican en el siguiente cuadro.
El asegurado deberá remitir la solicitud de reducción a Agroseguro por la misma vía por la que contrató la póliza principal y en los plazos que se indican igualmente en el siguiente cuadro:
Tipo de Reducción | Periodo de ocurrencia de los riesgos | Plazo de comunicación a Agroseguro | Extorno de la Prima Comercial |
I | Durante periodo de carencia | Hasta 10 días después del fin del periodo de carencia | 100% Todos los riesgos |
II | Hasta 30 de noviembre | Hasta 30 de noviembre | 100% Helada 80% Restantes riesgos |
Únicamente podrán ser admitidas, aquellas solicitudes recibidas por Agroseguro en el plazo establecido. En ningún caso procederá extorno de prima por la reducción de capital solicitado, en las parcelas que, con anterioridad a la fecha de la solicitud, se hubiera declarado un siniestro causado por alguno de los riesgos cubiertos.
Recibida la solicitud, Agroseguro podrá realizar las inspecciones y comprobaciones que estime oportunas resolviendo en consecuencia dentro de los 20 días siguientes a la recepción de la comunicación.
POSIBILIDADES DE CONTRATACIÓN
Sólo será elegible UNA de las siguientes opciones de contratación, según se relacionan en el cuadro que figura a continuación. Por tanto, solo se podrá realizar DOS pólizas por asegurado.
Cualquier combinación que no esté reflejada, NO SERÁ ASEGURABLE.
El asegurado siempre de forma previa a la contratación, remitirá una solicitud de aseguramiento especial a Agroseguro. Este documento lo podrán localizar en la página web de Agroseguro, mediante la ruta: Acceso Usuarios Registrados/Normas, Subvenciones y Recargos/Normativa de Productos/Normas de Contratación/Solicitud Especial de Aseguramiento.
- En este documento se indicarán algunos datos de las expectativas de cosecha.
- La comunicación se enviará al correo electrónico: producción@agroseguro.es
- Agroseguro comunicará expresamente, la aceptación o no de la solicitud de aseguramiento.
- No se podrá realizar contratación en varias declaraciones de seguro sino media la aceptación expresa por escrito de Agroseguro.
Cualquier asegurado que realice más de una declaración de seguro para una misma clase de ciclo de cultivo sin haber cursado solicitud, o que no haya sido aceptada, se le refundirán sus declaraciones según el procedimiento vigente.
MÓDULOS DE CONTRATACIÓN
El Asegurado deberá elegir las mismas coberturas para todas las parcelas.
A continuación, se detallan en color azul, los “datos variables elegibles” en función del Módulo:
Condiciones de cobertura | |||||||||
Garantía | Riesgos cubiertos | Capital asegurado | Cálculo indemnización | Mínimo indemnizable | Franquicia | ||||
Producción | Pedrisco Viento | 100 % | Parcela | 6% | Daños: 10% | ||||
Elegible: Helada | |||||||||
Elegible: Virosis | 100 % | Parcela | 20% | Absoluta: 20% | |||||
Riesgos Excepcionales | 100 % | Parcela | Elegible | 20% | Absoluta: 20% | ||||
10% (3) | Absoluta: 10%
(3) |
||||||||
Resto de adversidades
climáticas |
100 % | Parcela | 20% | Absoluta: 20% | |||||
(Elegible: Enfermedades | ) (4) | ||||||||
Instalaciones | Todos los cubiertos en la garantía a la producción y cualquier otro riesgo climático | 100 % | Parcela | (2) | Sin franquicia | ||||
MÓDULO 3- TODOS LOS RIESGOS POR PARCELA
(4) Enfermedades elegibles únicamente para el cultivo de tomate del Área I.
CONCEPTOS QUE FIGURAN EN LOS MÓDULOS
GARANTÍA | Producción | Se cubren los daños ocasionados por los riesgos cubiertos en la producción (kilogramos o unidades). |
Instalaciones | Se cubren los daños ocasionados en las Instalaciones por los riesgos cubiertos | |
RIESGOS
CUBIERTOS F |
Pedrisco | Pedrisco. |
Helada | Helada | |
Viento | Viento | |
Virosis | Virosis | |
Riesgos
Excepcionales |
Fauna silvestre, incendio, inundación-lluvia torrencial, lluvia persistente y nieve. | |
Resto adversidades climáticas | Riesgos climáticos adversos no recogidos en las definiciones anteriores y que, no siendo controlados por el agricultor, se deban a un evento climático concreto (fecha de ocurrencia determinada), afecte de forma generalizada a las producciones de la zona de cultivo y cuyos síntomas puedan ser evaluados en campo.
Para el Tomate del Área I, se cubren los daños a consecuencia de enfermedades (hongos y bacterias), falta de cuajado, plagas y cualquier otro evento climático adverso concreto. |
|
CAPITAL
ASEGURADO |
Es el porcentaje que queda cubierto para cada una de las garantías y riesgos. | |
CÁLCULO DE LA INDEMNIZACIÓN | Explotación | Para el cálculo se tienen en cuenta todas las parcelas de la explotación (comarca), con independencia de sí tienen siniestro o no. Para los módulos 1 y 2, en cada una de las comarcas, se consideran grupos de cultivos diferentes el Tomate en el Área I y el resto de hortalizas. |
Parcela | ||
MÍNIMO
INDEMNIZABLE |
Cuantía del daño por debajo del cual el siniestro no es objeto de indemnización. | |
FRANQUICIA | Absoluta | Se aplica restando el % de esta franquicia del % del daño evaluado sobre la producción real esperada. |
Daños | Se aplica multiplicando el % de esta franquicia por el % del daño evaluado sobre la producción real esperada. |
F Consultar apartado de definiciones y exclusiones descritas en las Condiciones Especiales del seguro.
DATOS NECESARIOS PARA LA CONTRATACIÓN:
DATOS DEL ASEGURADO
- CIF/NIF (Si el CIF/NIF introducido no fuese correcto, el asegurado puede perder el derecho a la subvención de ENESA.
- Nombre y apellidos/Razón Social.
- Dirección completa (Calle, Nº, Provincia, Población, C.P.) Ø Cuenta Bancaria.
- Correo electrónico.
- Nº teléfono móvil – Obligatorio para la domiciliación.
- Nº teléfono fijo.
ESQUEMA DE CRITERIOS DE PARCELAS DISTINTAS
Se deberán contratar parcelas distintas, siempre que al menos uno de los siguientes datos varíe:
CULTIVO | VARIEDAD | TIPO CAPITAL | SIGPAC | FECHA DE TRASPLANTE | MEDIDA PREVENTIVA | SISTEMA DE PROTECCIÓN |
X | X | X | X | X (<7 días) | X | X |
DATOS DE LAS PARCELAS
DATOS A DECLARAR | TIPOS DE CAPITAL | |
002 PRODUCCIÓN | 004 UNIDADES | |
Cultivos | Todos los cultivos a excepción de la lechuga, cebolleta y escarola. | Lechuga, cebolleta, escarola. |
Variedad | La variedad correspondiente a la parcela. | |
SIGPAC $ | Provincia + Término Municipal + Agregado + Zona + Polígono + Parcela + Recinto. | |
Superficie cultivada | Hectáreas y áreas realmente cultivadas en la parcela. | |
Kilogramos (Producción) | Quedará de libre fijación por el Asegurado el rendimiento a consignar, teniendo en cuenta los rendimientos obtenidos anteriormente. | |
Precio | Quedará de libre elección por parte del Asegurado, sin sobrepasar los límites establecidos por ENESA | |
€/kg | €/unidad | |
Número Unidades | Nº de plantas cultivadas |
$ Si no se indican todos los campos o alguno es incorrecto, se penalizará de la siguiente forma: si el cálculo de la indemnización es por parcela, se deducirá un 10% de la indemnización neta de las parcelas en las que se haya incumplido dicha obligación. Si el cálculo fuese por explotación, se deducirá el % obtenido como cociente entre la superficie que suponen las parcelas en las que se ha incumplido esta obligación y la superficie de las parcelas aseguradas, con un valor máximo del 10%. En caso de ocurrencia de ambos tipos, se aplicarán las dos penalizaciones.
BONIFICACIONES POR MEDIDAS PREVENTIVAS
Si se dispone de alguna de las instalaciones que a continuación relacionamos, deberá indicar la misma para poder disfrutar de la bonificación en la prima comercial del riesgo contra el que se protege en la garantía a la producción, como uno de los datos variables a consignar en cada parcela.
MÓDULOS 1, 2, 3 Y P | |||
RIESGOS | CÓDIGO | MEDIDAS PREVENTIVAS | PORCENTAJE |
Helada | 048 | Instalación fija de sistemas de calefacción en invernaderos con cubierta de plástico térmico | 50% |
025 | Instalación fija de sistemas de calefacción en invernaderos de cubierta rígida (plástico o cristal) | 75% | |
026 | Instalación semi-fija de manta térmica en invernaderos con cualquier tipo de cubierta | 10% | |
049 | Invernaderos con doble cubierta de plástico y cámara con circulación forzada de aire entre ambos plásticos | 20% | |
050 | Invernaderos con doble cubierta de plástico y aspersores | 20% |
SEGURO DE HORTALIZAS BAJO CUBIERTA (PENÍNSULA Y BALEARES)
DATOS VARIABLES DE PARCELAS PARA TODOS LOS MÓDULOS
CULTIVO | TIPO DE CAPITAL | DATOS VARIABLES | ||||||||
CICLO DE CULTIVO v | FECHA DE SIEMBRA | SISTEMA DE PROTECCIÓN | MATERIAL DE LA CUBIERTAv | SISTEMA DE CULTIVO v | ROTACIÓN
vª |
SISTEMA DE PRODUCCIÓN z | D.O. | |||
INICIO | FIN | |||||||||
14 Tomate | 002 Producción | 001 Ciclo 1 | 01/08/2018 | 30/11/2018 | 001 Invernadero | 002 Malla
003 Rígida 004 Plástico térmico 005 Plástico no térmico |
001 Siembra directa
002 Trasplante |
001 Única
002 Rotación |
001 Ecológico
002 Tradicional |
001 IGP calidad Euskal Baserri
002 IGP calidad Eusko Label 000 Sin valor en factor |
002 Ciclo 2 | 01/12/2018 | 31/03/2019 | ||||||||
003 Ciclo 3 | 01/06/2018 | 31/07/2018 | ||||||||
004 Ciclo 4 | 01/04/2019 | 31/05/2019 | ||||||||
011 Pimiento | 002 Producción | 001 Ciclo 1 | 01/08/2018 | 30/11/2018 | 001 Invernadero | 001 Siembra directa
002 Trasplante |
001 Única
002 Rotación |
001 Ecológico
002 Tradicional |
001 IGP calidad Euskal Baserri
003 DOP pimiento de Gernica 004 IGP guindillas de Ibarra 000 Sin valor en factor |
|
002 Ciclo 2 | 01/12/2018 | 31/03/2019 | ||||||||
003 Ciclo 3 | 01/06/2018 | 31/07/2018 | ||||||||
004 Ciclo 4 | 01/04/2019 | 31/05/2019 | ||||||||
008 Lechuga
028 Cebolleta 026 Escarola |
004 Producción Unidades | 001 Ciclo 1 | 01/08/2018 | 30/11/2018 | 001 Invernadero | 002 Malla
003 Rígida 004 Plástico térmico 005 Plástico no térmico |
001 Siembra directa
002 Trasplante |
001 Única
002 Rotación |
001 Ecológico
002 Tradicional |
|
002 Ciclo 2 | 01/12/2018 | 31/03/2019 | ||||||||
003 Ciclo 3 | 01/06/2018 | 31/07/2018 | ||||||||
004 Ciclo 4 | 01/04/2019 | 31/05/2019 | ||||||||
Resto de cultivos | 002 Producción | 001 Ciclo 1 | 01/08/2018 | 30/11/2018 | 001 Invernadero | 002 Malla
003 Rígida 004 Plástico térmico 005 Plástico no térmico |
001 Siembra directa
002 Trasplante |
001 Única
002 Rotación |
001 Ecológico
002 Tradicional |
|
002 Ciclo 2 | 01/12/2018 | 31/03/2019 | ||||||||
003 Ciclo 3 | 01/06/2018 | 31/07/2018 | ||||||||
004 Ciclo 4 | 01/04/2019 | 31/05/2019 |
v Deberán elegir una de las opciones.
ª En el caso de asegurar cultivo en rotación se han de consignar al menos dos parcelas en la misma declaración de seguro. En caso de asegurarlos en declaraciones diferentes (Ciclos de cultivos 1 y 3 y Ciclos 2 y 4), deberán indicar el código 001 Único.
z Para acceder a la Subvención que otorga la Comunidad Autónoma de Valencia en este ámbito, deberán indicar en cada parcela asegurada el Sistema de Producción obligatoriamente. El porcentaje a aplicar se detalla en el manual de subvenciones de las Comunidades Autónomas que se encontrarán en la página Web de Agroseguro en Acceso Usuarios Registrados, en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Manual de Subvenciones”.
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AGROSEGURO, S.A.
INSTALACIONES Y ELEMENTOS PRODUCTIVOS
Para poder contratar esta garantía, necesariamente deben asegurar previamente los capitales de Producción y/o Producción (Unidades).
DATOS A DECLARAR | TIPOS DE CAPITAL INSTALACIONES Y ELEMENTOS PRODUCTIVOS |
Cultivo $ | Se indicará el cultivo de la parcela asegurado en la producción. |
Variedad | La variedad correspondiente a la parcela. |
SIGPAC © | Provincia + Término Municipal + Agregado + Zona + Polígono + Parcela + Recinto. |
Producción | No se declara. |
Precio | Quedará de libre elección por parte del Asegurado, sin sobrepasar los límites establecidos por ENESA. |
Sí se opta por contratar una de las Instalaciones, deberán asegurar todas las Instalaciones del mismo tipo, que reúnan las condiciones para ser aseguradas.
SEGURO DE HORTALIZAS BAJO CUBIERTA (PENÍNSULA Y BALEARES)
o DATOS VARIABLES DE INSTALACIONES Y ELEMENTOS PRODUCTIVOS
La grabación de datos se realizará de la siguiente forma:
Datos en cada una de las parcelas | ||||||||||
TIPO DE CAPITAL | SUPERFICIE | CUBIERTA | TIPO DE INSTALACIÓN | ESTRUCTURA | METROS | UNIDADES | PRECIO
F |
|||
EDAD | MATERIAL | EDAD v | MATERIAL | |||||||
100 – INVERNADEROS | Cero | Meses desde la instalación
(mínimo 1 mes) |
002 Malla
003 Rígida 004 Plástico Térmico 005 Plástico No Térmico |
001 Planos
002 Raspa y amagado 003 Multitúnel y Multicapilla |
Metálica: máx 30 años
Madera: máx 20 años Hormigón: máx 30 años Mixto: máx 20 años |
001 Metálica
002 Madera 003 Hormigón 004 Mixta |
Metros cuadrados que ocupa dentro de la parcela | €/m2 | ||
004 Macrotúnel
015 Macrotúnel Especial |
Edad máxima: 20 años | |||||||||
105 – CORTAVIENTOS
ARTIFICIALES |
005 De obra | Edad máxima: 20 años | ||||||||
006 De tela plástica | Edad máxima: 10 años | 001 Metálica
002 Madera 003 Hormigón 004 Mixta |
||||||||
Edad máxima: 10 años | ||||||||||
114 – RED DE RIEGO | Superficie de la parcela que incluye la
instalación (Ha) |
011 Localizado | Edad máxima: 20 años
Bombas y motores hasta 10 años |
€/has | ||||||
118 – RED DE CLIMATIZACIÓN | 000 Sin valor en factor | Edad máxima: 20 años
Bombas y motores hasta 10 años |
||||||||
Datos en parcela/s independiente/es (si se dispone de más de un cabezal, cada uno se asegurará en parcelas independientes) | ||||||||||
115 – CABEZAL DE RIEGO | Cero | 000 Sin valor en factor | Edad máxima: 20 años
Bombas y motores hasta 10 años Edad máxima: 10 años Bombas y motores hasta 10 años |
1 | €/cabezal | |||||
117 – CABEZAL DE
CLIMATIZACIÓN |
v Se indicará el nº de años desde la construcción/reforma
F El precio deberá estar comprendido entre el máximo y mínimo establecido.
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AGROSEGURO, S.A.
BONIFICACIONES/RECARGOS AL ASEGURADO
Las BONIFICACIONES/RECARGOS se han calculado teniendo en cuenta la información procedente de su resultado histórico de los seguros de los cultivos asegurables en esta línea.
Cuando se incorporen a la declaración de seguro, parcelas contratadas anteriormente por otro asegurado, y éstas representen más del 50% del valor de producción asegurada, se tendrá en cuenta en el histórico para el cálculo de la bonificación o recargo.
El asegurado o el tomador de seguro en su representación, deberá solicitar que se apliquen los porcentajes de bonificación o recargo, en el supuesto de que exista un cambio de asegurado de la explotación garantizada con respecto al asegurado que garantizó la explotación el año anterior. El correo electrónico dónde deberán dirigirse es: solicitudmedidasagricola@agroseguro.es
En función del histórico de la explotación para el cálculo de la prima, se asignará al nuevo asegurado, una bonificación o recargo, calculado en función de su ratio de indemnizaciones sobre primas resultante de la nueva composición de la explotación, conforme a lo estipulado en las Condiciones Especiales y que el Agricultor, puede consultar en la página web de Agroseguro, atención al cliente, con las siguientes opciones:
- Acceso de Asegurados registrados.
- Consulta general de Rendimientos, índices y otras Medidas/Bonificaciones, recargos y rendimientos; indicando el Plan, NIF y línea de seguro que desea consultar.
Agroseguro, una vez recibida la solicitud, procederá en su caso, a la regularización de la prima única, informando al asegurado, tomador y Entidad Aseguradora del resultado de la misma.
En el caso de que la prima fuese a abonar, en la comunicación se recordará las obligaciones contractuales de las partes, en los supuestos de que se produzca algún siniestro durante el periodo en el que se está realizando esta gestión de cambio.
Los plazos para realizar esta gestión, deberán estar comprendidos dentro de 30 días desde que se suscribió el seguro.
En las declaraciones de seguro suscritas por las entidades asociativas, se traspasará el resultado histórico de los socios a la entidad asociativa.
Condición Especial 14ª
PAGO
El pago de la prima única podrá efectuarse de alguna de las dos siguientes formas:
FORMA DE PAGO | IMPORTE A ABONAR | PLAZO DE ABONO | CÓMO SE REALIZA EL ABONO | |
CONTADO | El 100% de la prima | En el momento de la suscripción del seguro | Mediante ingreso directo o transferencia bancaria en la cuenta de AGROSEGURO. | |
FRACCIONADO v | 1º Recibo | Se corresponderá al menos con el 10% de la prima, más el total de recargo por fraccionamiento y aval. | En el momento de la suscripción del seguro | Mediante ingreso directo o transferencia bancaria en la cuenta de AGROSEGURO. |
Sucesivos | No podrá superar el 90% del coste del seguro. | Se pasará al cobro en el plazo elegido por el Asegurado:
3, 6 ó 9 meses. |
Mediante recibo domiciliado a la cuenta corriente del asegurado. |
v Se podrá acceder a esta forma de pago, cuando en el momento de suscribir la declaración de seguro, se cumplan los siguientes requisitos:
- El seguro debe tener un coste a cargo del tomador, igual o superior a 1.000 €.
- El asegurado debe tener el correspondiente aval afianzado de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA), por una cuantía que debe cubrir al menos el importe de la segunda fracción.
(Ver Condición Especial 16ª)
El Asegurado deberá gestionar la concesión del aval a través de SAECA, existiendo dos impresos diferentes en función del importe a avalar, los cuales pueden descargarse de la página Web de SAECA.
Para avalar una cantidad hasta 25.000€ el solicitante presentará el modelo “reducido” y a partir de ese importe el modelo a presentar será el “completo”, en ambos casos se acompañará la siguiente documentación:
Solicitud de Aval REDUCIDA (Hasta 25.000€) | Solicitud de Aval COMPLETA (>25.000€) |
• Formulario de solicitud
• Fotocopia DNI/CIF • IRPF o Impuesto de Sociedades |
• Formulario de solicitud
• Fotocopia DNI/CIF • IRPF o Impuesto de Sociedades • Documentación Acreditativa Bienes |
Para la concesión del aval, el Asegurado deberá estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
La documentación para presentar la solicitud se remitirá vía on-line a: www.saeca.es
En caso de no fraccionar el pago, se podrán domiciliar las regularizaciones y los pagos de siniestros en la cuenta que se indica en la póliza:
Se deberá especificar:
Pago Domiciliado: “S”
Destinatario de la Domiciliación: “A” Asegurado, “T” Tomador, “O” Otros.
En caso de no indicar la cuenta, la domiciliación se realizará automáticamente en la cuenta que figura en el colectivo.
DATOS A TENER EN CUENTA:
- El “Importe Abonado” debe coincidir con el importe a cargo del tomador de la declaración de seguro, sin los gastos bancarios.
- Se indicará en póliza/solicitud adhesión, la “Fecha de Pago”
- En el “Concepto de la Transferencia”, para una mejor identificación, se debe indicar:
NIF/CIF del asegurado y Nº del colectivo de la póliza.
- Se indicará la clave del “Banco” destino en el que se ha realizado el abono.
SINIESTROS
NOTIFICACIÓN
Todo siniestro deberá ser comunicado a Agroseguro dentro del plazo de 7 días contados a partir de la fecha en que fue conocido, debiendo efectuarse tantas comunicaciones como siniestros ocurran.
(Ver Condición Especial 21ª)
ALTA PARTE DE SINIESTRO
Se podrán dar de alta los partes de siniestro:
- A través del Servicio Web o FTP, (sistemas de las Entidades):
- En la página web de Agroseguro:
o En la ruta: Acceso Identificado/Siniestros Agrícolas/Comunicación de partes de siniestros. o DESIGNACION DE BENEFICIARIO
INSTRUCCIONES DE CUMPLIMENTACIÓN DEL IMPRESO
El Impreso se utilizará únicamente, cuando el Asegurado de una Declaración Individual o Aplicación a un Colectivo, desea designar Beneficiario de la Indemnización que, en caso de siniestro indemnizable, pudiera corresponderle. Ø PLAN y LÍNEA Se transcribirá el año del Plan y el nombre de la Línea de Seguro.
- Nº DE REF. DE APLICACIÓN O SEGURO INDIVIDUAL Se transcribirá el nº de referencia que figura en la correspondiente declaración de Seguro Agrícola o Ganadera.
- Nº DE REF. DE LA DECLARACIÓN COLECTIVO Se transcribirá el nº de referencia del Seguro
Colectivo. En caso de tratarse de un Seguro Individual, dejar en blanco.
- ASEGURADO Se transcribirá el nombre y apellidos o denominación social del Asegurado que designa Beneficiario. Este dato coincidirá con el que figure en la casilla de la Declaración de Seguro Agrícola o Ganadera; es imprescindible señalar el C.I.F. o N.I.F. del asegurado.
- BENEFICIARIO Se consignarán todos los datos solicitados de la persona física o jurídica a quien se designe Beneficiario.
- DATOS DE LA CESIÓN Es necesario elegir una de las opciones indicadas. En caso de dejar en blanco este apartado se entenderá que la cesión es del 100% de los derechos de la póliza. OPCIONES DE CESIÓN: PORCENTAJE SOBRE LA INDEMNIZACIÓN. En el caso de existir varias Designaciones, el porcentaje acumulado no podrá ser superior al 100%. IMPORTE FIJO. Se consignará una cantidad fija en Euros. PARCELAS. Se Indicará(n) el(los) número(s) de hoja(s) y parcela(s) y la Referencia(s) Catastral(es) de aquella(s) parcela(s) de la(s) que se desea ceder el total de la indemnización o un porcentaje.
- DATOS DE LA CUENTA CORRIENTE DE ABONO DE SINIESTROS Se debe indicar el nombre y la razón social de la Entidad Bancaría en el que desea recibir el abono del Siniestro (excepto las líneas de retirada de cadáveres), así como toda la clave del IBAN (24 dígitos) que tiene abierta en la misma. La omisión de este dato puede demorar el pago que corresponda.
- OBSERVACIONES Se indicará cualquier dato que considere de Interés el Asegurado y, en todo caso, si no desean que esta designación anule a las anteriores, lo harán constar así en este apartado expresamente.
- FECHA Y FIRMA Se fechará y firmará el impreso por el Asegurado.
IMPORTANTE
Este documento debe venir acompañado de fotocopia del DNI/NIF de la(s) persona(s) firmante(s). Cualquier designación de Beneficiario recibida en la Agrupación, una vez emitido el correspondiente finiquito de indemnización, no podrá ser considerada para los pagos ya realizados.