Operativa de Control Base de Datos para el Control Integral de Acceso a Subvenciones (CIAS)
La Base de Datos para el control Integral de Acceso a Subvenciones (CIAS) es el instrumento que ENESA utiliza, desde el 1 de Enero de 2015, para verificar la posibilidad de recibir subvención cuando se contrata una póliza de seguro agrario.
De acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario, solo los interesados que figuren en la Base de Datos CIAS como SUBVENCIONABLES en fecha de entrada en vigor del Seguro Agrario tendrán derecho a percibir las subvenciones que le correspondan. Quienes no figuren como SUBVENCIONABLES en dicha fecha podrán formalizar la póliza, pero no tendrán derecho a la subvención.
Consulta de Subvencionalidad (Enesa).
Los interesados pueden consultar si se encuentran dados de alta en la Base de Datos CIAS, así como su estatus de SUBVENCIONABLE o NO SUBVENCIONABLE, introduciendo su NIF en la sección “Consulta rápida de NIF”. Importante: el sistema mostrará su estado de subvencionalidad en el momento de realizar la consulta en la Base de Datos CIAS; si se ha solicitado revisión de su expediente es posible que los datos actualizados tarden unos días en aparecer.
https://servicio.mapama.gob.es/enesaweb/Consulta_Subvencionable
Resultados de la Consulta de Subvencionalidad. Casos.
- El interesado no se encuentra en la Base de Datos CIAS, nunca ha estado.
Si al realizar la Consulta el interesado no figurara en la Base de Datos CIAS porque nunca ha estado incorporado en ella, deberemos cumplimentar el formulario y enviarlo a ENESA para que lo puedan incorporar a la Base de Datos CIAS. Os recordamos que en nuestra WEB mrseguro.es podreis encontrar el formulario, siguiendo la siguiente ruta, Servicios à Control y actualización del Registro CIAS à Formulario CIAS; a su vez os indicamos que en el Programa de Agropelayo una vez creada la Solicitud de Seguro, podreis observar que a la derecha del Nombre del Asegurado podreís encontrar una pestaña que indica Formulario CIAS.
Instrucciones de cumplimentación del Formulario CIAS.
Si el interesado no se encontrará en la Base de Datos CIAS deberemos descargarnos el Formulario CIAS para que puedan incorporarlo a la Base de datos CIAS.
Una vez descargado el Formulario CIAS deberemos cumplimentar los siguientes datos, siendo de carácter obligatorio, pues de lo contrario no se procederá a la evaluación de la solicitud:
- Nombre y Apellidos del solicitante.
- NIF del solicitante.
- Teléfono: deberemos indicar nuestro teléfono como gestores de la solicitud.
- Mail: deberemos indicar nuestro mail como gestores de la solicitud.
- Autorización de Representación: marcaremos la casilla de autorización e indicaremos nuestro nombre como gestores y nuestro NIF, si bien, también se puede indicar el Nombre de la Cooperativa y CIF que gestiona la solicitud.
- Indicaremos el Municipio y fecha en la cual estemos gestionando la solicitud.
Una vez cumplimentado correctamente el formulario procederemos a su envío, os indicamos el mail de ENESA, cias@mapa.es.
ENESA procederá a la evaluación de la Solicitud en un plazo aproximado de 24-48 horas, una vez transcurrido este plazo, recibiremos un mail de ENESA informándonos de la Resolución. Si una vez transcurridas más de 48 horas no hemos recibido respuesta podremos realizar la Consulta del estado del Expediente al siguiente mail de Enesa, consultascias@mapa.es.
- Si el interesado fuera NO SUBVENCIONABLE:
Si la Consulta de Enesa fuera Negativa, es decir, NO SUBVENCIONABLE, deberá aportar el propio interesado Certificados de Hacienda y de Seguridad Social de encontrarse al corriente de cargas actualizados para su envío a Enesa, para que evalúen el expediente; el mail para el envío de estos Certificados es revisioncias@mapa.es. En el asunto del mail se indicará el NIF de la persona o entidad para la que se solicita la revisión.
- Si el interesado fuera SUBVENCIONABLE.
Si la Consulta de Enesa fuera Positiva, es decir, SUBVENCIONABLE, tiene derecho a Subvención de Enesa.
Para terminar os recordamos que todos los agricultores y/o ganaderos tienen derecho a Subvención por parte de Enesa siempre y cuando se encuentren al corriente de cargas con Hacienda y Seguridad Social con anterioridad a la fecha de suscripción de su correspondiente Seguro Agrario.